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Medida de Protección a favor de Rebeca María Fernández. Medida de Protección N° 009-DPE-2017
Publicado 2017“…La Defensoría del Pueblo resuelve determinar la procedencia de la solicitud presentada por la ingeniera Diana Tupiza Administradora del Albergue San Juan de Dios, en razón de que consta el certificado de discapacidad emitido por el CONADIS de la señora Rebeca María Fernandez Remache, que tiene el 64% de discapacidad intelectual, lo que permite concluir que se trata de una persona de atención prioritaria y podría beneficiarse de las medidas de protección. …”
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Resolución -
2
Medida de Protección a favor de María Cristina Gavilánez Mejía. Medida de Protección N° 005-DPE-2017
Publicado 2017“…La Defensoría del Pueblo resuelve determinar la procedencia de la solicitud presentada por la ingeniera Diana Tupiza Administradora del Albergue San Juan de Dios, en razón de que consta en el carné de discapacidad emitido por el CONADIS, que la señora María Cristina Gavilánez Mejía tiene el 78% de discapacidad mental, lo que permite concluir que se trata de una persona de atención prioritaria y puede beneficiarse de las medidas de protección. …”
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Resolución -
3
Medida de Protección a favor de María Chiquito Mullo. Medida de Protección N° 007-DPE-2017
Publicado 2017“…La Defensoría del Pueblo resuelve determinar la procedencia de la solicitud presentada por la ingeniera Diana Tupiza Administradora del Albergue San Juan de Dios, en razón de que la señora María Chiquito Mullo, conforme consta en el carné de discapacidad emitido por el CONADIS, tiene el 87% de discapacidad mental, lo que permite concluir que se trata de una persona de atención prioritaria y puede beneficiarse de las medidas de protección previstas en el primer artículo no numerado. …”
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Resolución -
4
Medida de Protección a favor de Juan de Dios Correa. Medida de Protección N° 011- DPE-2017
Publicado 2017“…La Defensoría del Pueblo resuelve determinar la procedencia de la solicitud presentada por la ingeniera Diana Tupiza Administradora del Albergue San Juan de Dios, en razón de que el señor Juan Correa, conforme consta en el carné emitido por el MSP, tiene el 95% de discapacidad intelectual, lo que permite concluir que se trata de una persona de atención prioritaria y puede beneficiarse de las medidas de protección previstas en el primer artículo no numerado agregado a continuación del artículo 24 de la Ley Orgánica de la Defensorio del Pueblo. …”
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Resolución -
5
Medida de Protección a favor de Julio Alvarado Alvarado. Medida de Protección N° 012- DPE-2017
Publicado 2017“…La Defensoría del Pueblo resuelve determinar la procedencia de la solicitud presentada por la ingeniera Diana Tupiza Administradora del Albergue San Juan de Dios, en razón de que el señor Julio Alvarado, conforme consta en el carné emitido por el CONADIS, tiene el 86% de discapacidad intelectual, lo que permite concluir que se trata de una persona de atención prioritaria y puede beneficiarse de las medidas de protección previstas en el primer artículo no numerado agregado a continuación del artículo 24 de la Ley Orgánica de la Defensorio del Pueblo. …”
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Resolución -
6
Medida de Protección a favor de Rubén José Díaz Vizcarra. Medida de Protección N° 006-DPE-2017
Publicado 2017“…La Defensoría del Pueblo resuelve determinar la procedencia de la solicitud presentada por la ingeniera Diana Tupiza Administradora del Albergue San Juan de Dios, en razón de que consta en el carné de discapacidad emitido por el CONADIS, que el señor Rubén Díaz Vizcarra tiene el 84% de discapacidad mental, lo que permite concluir que se trata de una persona de atención prioritaria y puede beneficiarse de las medidas de protección. …”
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Resolución -
7
Medida de Protección a favor de Ana Alarcón. Medida de Protección N° 010-DPE-2017
Publicado 2017“…La Defensoría del Pueblo resuelve determinar la procedencia de la solicitud presentada por la ingeniera Diana Tupiza Administradora del Albergue San Juan de Dios, en razón de que la señora Ana Alarcón, conforme consta en el carné de discapacidad emitido por el CONADIS, tiene el 90% de discapacidad sicológica, lo que permite concluir que se trata de una persona de atención prioritaria y podría beneficiarse de las medidas de protección previstas en el primer artículo no numerado agregado a continuación del artículo 24 de la Ley Orgánica de la Defensorio del Pueblo. …”
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Resolución -
8
Medida de Protección a favor de Margarita Acuña Zamora. Medida de Protección N° 008-DPE-2017
Publicado 2017“…La Defensoría del Pueblo resuelve determinar la procedencia de la solicitud presentada por la ingeniera Diana Tupiza Administradora del Albergue San Juan de Dios, en razón de que la señora Margarita Acuña Zamora conforme consta en el carné de discapacidad emitido por el CONADIS, tiene el 88% de discapacidad intelectual y 80 años de edad, lo que en concordancia con el artículo 35 de la Constitución de la República nos permite concluir que se trata de una persona de atención prioritaria y puede beneficiarse de las medidas de protección. …”
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