Publicado 2018
“…El señor Jorge Mendoza acude a la Coordinación General Defensorial Zonal 4 y expresa que el chofer del bus número 47 de la cooperativa Ciudad del Valle Línea 2, profirió expresiones discriminatorias hacia él y otra persona con discapacidad, impidiéndoles desembarcar del bus por la parte
delantera. La Cooperativa a la cual pertenece el conductor sanciona a este último y se resuelve exhortar al Consejo de Administración de la Cooperativa de Transporte Urbano Ciudad del Valle a que la medida dictada de desembarco por la puerta
delantera sea aplicada obligatoriamente a adultos mayores, personas con discapacidad y mujeres embarazadas, sin perjuicio de ser aplicada a otras personas cuya movilidad sea reducida.…”
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Resolución