Sumario: | El 8 de octubre de 2014 se realizó la publicación en el Boletín oficial de la ley 26.994 que sancionó la implementación del nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina. Esta nueva norma trajo consigo diversas modificaciones abiertas a distintos tipos de interpretaciones, estudios y/o análisis entre las cuales se encuentra la posibilidad de adoptar un nuevo régimen Matrimonial Patrimonial. Es decir que una pareja antes de iniciar su matrimonio puede optar ya sea por el régimen de Comunidad o el régimen de separación de bienes como normas que van a regir el antes y el después de la gestión de bienes y deudas de la sociedad conyugal. Como así también se permite que una vez adoptado uno de los regímenes se pueda cambiar por otro.
Cuando una pareja decide abandonar el régimen de comunidad y adoptar el régimen de
separación de bienes se abre la puerta a nuevas fuentes laborales para profesionales de diferentes
campos entre los cuales se encuentra el Contador Público. La actuación, idoneidad y capacidad del mismo es fundamental para llevar a cabo esta tarea, lo que se explica en este trabajo, donde se analiza el rol del Contador Público en la extinción por cambio del régimen patrimonial
matrimonial encontrándose vigente el matrimonio y se analizan los distintos regímenes que permite adoptar la legislación vigente.
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