Sumario: | La ley del impuesto a las ganancias informa que, “…se considera ganancia en cabeza de persona física…los rendimientos, rentas o enriquecimientos susceptibles de una
periodicidad que implique la permanencia de la fuente que los produce y su
habilitación". ¿Es esto aplicable a las personas en relación de dependencia? ¿Es
importante su incidencia a nivel social?
Esta investigación busca dar a conocer los conceptos básicos para abordar el tema, como así también las diferentes categorías de ganancias implícitas en los ingresos de una persona y la correspondiente forma de liquidación del impuesto a las ganancias según se trabaje o no de manera independiente.
Por otro lado se hará mención a los casos especiales a evaluar al momento de realizar la
liquidación de dicho impuesto, considerando actuales cambios del Código Civil en
cuanto a nuevos derechos adquiridos por personas físicas que obtienen ingresos.
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