Sumario: | El derecho sucesorio nace como consecuencia de conocer qué efectos produce
el hecho de la muerte sobre las relaciones jurídicas que tenía el causante, regulando
especialmente quien va a continuar con esas relaciones jurídicas y de qué modo.
Los fundamentos principales del derecho sucesorio son:
- Del derecho natural, por el amor que sienten los padres hacia sus hijos es
normal y natural que aquellos dejen sus bienes a estos.
- Biológico, así como los padres transmiten los rasgos a los hijos, así también
deben transmitir los bienes.
- Afecto presunto del causante, está en el sentimiento y afecto que tiene para
con sus descendientes, los cuales tendrán por tal motivo el derecho a
heredar.
- Copropiedad, el cónyuge y los hijos constituyen en la consecución de los
bienes. A la muerte del padre o la madre es obvio que los bienes adquiridos
pasen a los hijos por ser copropietarios.
La sucesión se lleva a cabo a través de un proceso que involucra diferentes
etapas entre las cuales se encuentran las operaciones de inventario, avalúo y cuenta
particionaria. Estas operaciones en Mendoza deben ser realizadas específicamente
por un Contador Público Nacional.
El objetivo de nuestro trabajo se centra en investigar y fundamentar la
intervención obligatoria e indispensable de dicho profesional en el proceso.
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