Sumario: | El Régimen Municipal Argentino se ha caracteriza por su diversidad, ya que desde sus orígenes existieron divergencias sobre la institución, que serían materia específica de una investigación histórica. Por esto, mucho se ha discutido sobre la naturaleza del municipio, sus elementos, sus funciones, sus fines, etc., aunque finalmente parece haber prevalecido en la doctrina y en legislación los principios de la autonomía municipal, afirmados gradualmente.
La evolución del Régimen Municipal Argentino se orienta con firmeza en un rumbo autonomista del gobierno local. Sólo cinco provincias no han asegurado todavía todos los aspectos de la autonomía municipal: Buenos Aires, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe y Tucumán. Dichos estados están obligados por el artículo 123 de la Constitución nacional a modificar sus normas y posibilitar la sanción de cartas orgánicas municipales para asegurar el “orden institucional" de la autonomía local.
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