Análisis del impacto laboral, impositiva y societario de las nuevas economías de plataformas en Argentina

El presente trabajo tiene como objetivo general analizar las consecuencias socioeconómicas del funcionamiento de las economías de plataformas en Argentina. Específicamente se han planteados los siguientes objetivos:  Reconocer los aspectos positivos y negativos en el ámbito laboral de las economías...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores principales: Grando, María Daniela, Savina, Oriana, Coque Vazquez, María Antonella, Boschini, Ariadna Gisel
Otros Autores: Pino Scanio, María Roxana
Formato: info:eu-repo/semantics/bachelorThesis
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Nacional de Cuyo. Facultad de Ciencias Económicas 2021
Materias:
Acceso en línea:http://bdigital.uncu.edu.ar/18020
Descripción
Sumario:El presente trabajo tiene como objetivo general analizar las consecuencias socioeconómicas del funcionamiento de las economías de plataformas en Argentina. Específicamente se han planteados los siguientes objetivos:  Reconocer los aspectos positivos y negativos en el ámbito laboral de las economías de plataformas.  Identificar el encuadre societario en el que se desarrollan las nuevas plataformas colaborativas.  Comprender si las nuevas formas de comercialización digital se encuentran alcanzadas por los regímenes tributarios vigentes. Este estudio se llevó a cabo mediante una investigación documental dónde los contenidos se plasmaron en tres capítulos. El primero se enfocó en las economías de plataforma, ¿Cuándo surgen? ¿Cómo se clasifican? En el segundo, se describe la relación laboral de los empleados de plataformas digitales, sus ventajas y desventajas. En el tercer capítulo se buscó conocer el aspecto societario e impositivo de las plataformas digitales. De los resultados se extrajeron las siguientes conclusiones: que las plataformas digitales poseen más ventajas que desventajas y que en su relación laboral, los trabajadores no son considerados como empleados en relación de dependencia. También se descubrió que estas sociedades se forman como una figura jurídica y como tal están sujetas al pago del Impuesto al Valor Agregado e Impuesto a las Ganancias.