Sumario: | La presente ponencia surge como consecuencia de la investigación realizada a partir de la Tesina de Grado de la autora, titulada: “Los Centros de Estudiantes de Nivel Medio y la Participación Estudiantil. La situación de las escuelas secundarias de la Zona Este de Mendoza." (Peralta Minini, V., 2016).
Un Centro de Estudiantes puede ser comprendido como “un órgano representativo de los estudiantes en un establecimiento educativo" (Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, s/f, s/p), y su conformación se encuentra garantizada en la Ley Nacional N° 26.877/13 y en la Ley Provincial N° 8.469/12. Sin embargo, de las siete escuelas con las que se estableció comunicación durante la investigación mencionada, tres no cuentan con Centro de Estudiantes.
Por su parte, durante el estudio realizado se pudo conocer que los/as alumnos/as que integran los Centros de Estudiantes de las escuelas en estudio, conciben a estos órganos de diferente manera, como por ejemplo: “(…) un grupo representante de la escuela que… que soluciona los problemas o que ayuda a los chicos con sus necesidades", o como “(…) representante de todos los alumnos de la institución. Ser un grupo reducido de representantes y defender los derechos de los alumnos."
En relación a las actividades planificadas y organizadas por los Centros de Estudiantes de las escuelas en estudio, en la tesina éstas fueron clasificadas como: actividades culturales (incluyendo las recreativas y las educativas) y actividades materiales (incluyendo la compra y/o colecta de materiales necesarios para los/as alumnos/as o para el edificio escolar).
Finalmente, se analizó también la relación que establecen los Centros de Estudiantes con otros agentes escolares, tales como el/la Orientador/a Social, dando cuenta de que algunos Centros de Estudiantes no tienen una relación constante con el agente mencionado, sino que en algunos casos, su conformación y consolidación ha sido apoyada por directivos o preceptores.
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