Sumario: | ¿Cómo sitúa la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) a la mujer en la relación de trabajo? ¿Se encuentra en pie de igualdad con el hombre? O bien ¿Le da un trato especial? de ser así ¿cuáles son las razones? ¿Debería tener en cuenta la LCT el llamado trabajo no remunerado? ¿o solo se trata de una cuestión “doméstica" sobre la cual no debe interceder la legislación?. Esta investigación busca analizar la situación de la mujer que además de trabajar en relación de dependencia realiza actividades en su hogar (trabajo no remunerado), quehaceres domésticos con personas a cargo, hijos, esposo, madre, padre, etc. lo que la primigenia LCT denominaba “mujer con obligaciones familiares" en su art. 215.
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