Sumario: | Se niega el Recurso de Revisión interpuesto por José Alejandro Quilambaqui Tenesaca, Director Distrital de Educación del Azuay, sobre la Resolución Defensorial N° 75, emitida el 28 de junio de 2013, por el entonces Delegado Provincial de la Defensoría del Pueblo del Azuay, en la que se requirió a la Coordinación Zonal de Educación iniciar el proceso administrativo según la LOEI a los servidores públicos del Ministerio de Educación que permitieron la vulneración de los derechos al trabajo, derechos de los usuarios y consumidores y derecho a la seguridad jurídica al omitir el control de los establecimientos en cuanto a no cambiar de uniformes ni direccionar la compra de útiles escolares. En la solicitud de revisión se argumenta que se vulneró el derecho al debido proceso. Al resolver el Recurso de Revisión se considera que no hubo vulneración al derecho al trabajo; y se ratifica parcialmente la resolución venida en grado, ya que se determina que en el presente caso sí se vulneró el derecho a la seguridad jurídica por haber dispuesto cambios en los uniformes con la consiguiente afectación de la economía de los padres de familia y haber direccionado la compra de útiles escolares, lo cual vulnera además el derecho de los consumidores a elegir libremente.
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