Sumario: | El Sr. Elías Domínguez manifiesta que presentó una petición en el 2011, solicitando al IESS se le reconozca 12 años, 4 meses y 26 días de aportaciones en las Fuerzas Armadas, exigiendo una reliquidación tomando en cuenta que al jublilarse no se le consideraron dichas aportaciones. Señala que han transcurrido más de dos años sin que reciba una respuesta. Al resolver la queja la Defensoría del Pueblo declara que el IESS vulneró el derecho de petición así como acceder a servicios públicos de calidad, del peticionario, por lo que solicita a las autoridades del IESS, se atienda el requerimiento efectuado por el Sr. Elías Domínguez, observando lo que dispone la Constitución, con respecto al derecho que tienen las y los ciudadanos a tener respuestas motivadas. Nota: el Director General del IESS interpuso una petición de revisión respecto a esta Resolución. La Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza de la Defensoría del Pueblo emitió el Recurso de Revisión N° REV-048-ADHN-DPE-2015 el 3 de agosto de 2015 mediante la cual la Defensoría del Pueblo se abstiene de emitir un Pronunciamiento Defensorial en segunda instancia en virtud de que el Sr. Elías Domínguez ha presentado la correspondiente acción contencioso-administrativa ante la autoridad judicial competente.
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