Resolución N° 279-DPE-CGDZ8-2014-TD 1871-2013 (Negativa de asistencia médica por suspensión de cobertura a persona con enfermedad catastrófica)

La peticionaria señala la negativa a la asistencia médica por parte del Hospital Teodoro Maldonado Carbo del IESS, para la continuación del tratamiento para la enfermedad de Carcinoma nodular infiltrante, debido a que la cobertura médica fue suspendida hasta tanto no se le proporcione el carnet de j...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores principales: Ecuador. Defensoría del Pueblo. Coordinación General Defensorial Zonal 8, Fernández Bravo, María José
Formato: Resolución
Lenguaje:esp
Publicado: Guayaquil: Defensoría del Pueblo de Ecuador 2015
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/970
Descripción
Sumario:La peticionaria señala la negativa a la asistencia médica por parte del Hospital Teodoro Maldonado Carbo del IESS, para la continuación del tratamiento para la enfermedad de Carcinoma nodular infiltrante, debido a que la cobertura médica fue suspendida hasta tanto no se le proporcione el carnet de jubilación. Al respecto de la queja, la Defensoría del Pueblo declara que el IESS, a través de la Dirección Provincial, y la Dirección del Hospital Teodoro Maldonado Carbo, al dejar sin cobertura médica a la peticionaria durante el periodo en que caducó su jubilación temporal, solicitó su jubilación definitiva por invalidez y el otorgamiento de esta, ha afectado sus derechos a la salud y seguridad social, así como un servicio de óptima calidad y el carácter preferente y prioritario de tales derechos por tratarse de una persona perteneciente a los grupos de atención prioritaria, por su condición de tener una enfermedad catastrófica.