Sumario: | Se acepta parcialmente la petición presentada por una madre de familia la cual señala que su hijo no fue promovido al tercer año de educación básica como le correspondía. Según la peticionaria esto se debió a los malos tratos recibidos por parte de la profesora del grado. Al resolver la queda, la Defensoría del Pueblo determina que por omisión la profesora inobservó los derechos que la Constitución, los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, la Ley y la reglamentación en materia educativa garantizan a todos los seres humanos, especialmente las niñas, niños y adolescentes. Se exhorta a las autoridades de la Dirección Provincial de Educación de la provincia de Zamora Chinchipe, especialmente al Sr. Director de Educación, Directora de la Escuela "González Suárez" y profesora Luz Armijos, en el marco de sus competencias, procedan a disponer que una comisión especial evalúe al estudiante A. C., con el propósito de determinar su situación de aprendizaje para que éste sea promovido al tercer año de educación básica de ser el caso.
|