Sumario: | El peticionario señala que debido a los frecuentes cortes de energía eléctrica, los mismos que no han sido comunidados a tiempo, los equipos de su lugar de trabajo (Emisora la Voz de la Amazonía Radio Kiruba) sufrieron daños. Al resolver la queja, la Defensoría del Pueblo determina que los derechos afectados al recurrente y a la ciudadanía en general son el derecho a la información y el derecho de las personas usuarias a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no engañosa. Se dispone a los jefes ejecutivos de la administración de la Empresa Eléctrica Regional Centro Sur, que se establezca un mecanismo de información adecuado para la ciudadanía a fin de que se proceda a notificar oportunamente de la suspensiones planificadas del servicio de energía eléctrica.
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