Resolución N° 03-DPE-2012 (Vulneración del derecho a la educación inclusiva)

Se acepta la petición de la representante de un adolescente con discapacidad intelectual leve quien manifiesta que su hijo perdió el año sin considerar su situación, ya que las autoridades no han tenído un trato prioritario y especializado con él. Al resolver la queja, la Defensoría del Pueblo advie...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores principales: Ecuador. Defensoría del Pueblo. Delegación Provincial de Santo Domingo, Anchundia Ávila, Alexandra
Formato: Resolución
Lenguaje:esp
Publicado: Santo Domingo de los Tsáchilas: Defensoría del Pueblo de Ecuador 2015
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/904
Descripción
Sumario:Se acepta la petición de la representante de un adolescente con discapacidad intelectual leve quien manifiesta que su hijo perdió el año sin considerar su situación, ya que las autoridades no han tenído un trato prioritario y especializado con él. Al resolver la queja, la Defensoría del Pueblo advierte tanto al Rector del Colegio Francisco José de Caldas, como al Director Provincial de Educación, que la vulneración de derechos constitucionales, sean estos por acción u omisión puede ser sancionados por los jueces constitucionales, por tal razón se les excita a restituir los derechos conculcados. Se declara que se han violentado los derechos a la educación, seguridad jurídica, igualdad y no discriminación. Se critica la falta de personal especializado en el departamento de DOBE institucional del Colegio Francisco José de Caldas, así como a la Dirección Provincial las gestiones necesarias a fin que estos departamentos estén aptos para su desempeño.