Resolución No. 029-DPE-DGT-DNAPL-2014 (Presunta vulneración del derecho de acceso y decisión sobre información y datos de carácter personal)

El peticionario afirma ante la Defensoría del Pueblo, que su derecho a acceder a los archivos de datos personales fue obstaculizado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, así como su derecho a conocer el uso que se dio a la información personal que reposa en la Secretaría del Consejo Suprem...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores principales: Ecuador. Defensoría del Pueblo. Dirección General Tutelar, Hidalgo Vélez, Gabriela Isabel
Formato: Resolución
Lenguaje:esp
Publicado: Quito: Defensoría del Pueblo de Ecuador 2015
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/812
Descripción
Sumario:El peticionario afirma ante la Defensoría del Pueblo, que su derecho a acceder a los archivos de datos personales fue obstaculizado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, así como su derecho a conocer el uso que se dio a la información personal que reposa en la Secretaría del Consejo Supremo. La Defensoría del Pueblo resuelve en el presente caso que no se ha identificado la vulneración del derecho de acceso y decisión sobre la información y datos de carácter personal. Nota: el 9 de febrero de 2015 la Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza de la Defensoría del Pueblo resolvió el Recurso de Revisión N° 008-ADHN-DPE-2015, debido a que el peticionario, servidor de las Fuerzas Armadas, impugnó la resolución defensorial PCA-DGT-029-2014 emitida el 25 de junio de 2014. La revisión ratifica lo resuelto por la Dirección General Tutelar de la DPE y subraya la distinción entre el derecho de acceso a la información pública y el derecho de acceso a los datos personales, derechos que el peticionario habría confundido. Asimismo, se afirma que el ascenso no es un derecho sino una mera expectativa.