Sumario: | Se acepta parcialmente el recurso de revisión interpuesto por el Director Provincial de la Empresa Eléctrica Regional Centro Sur C.A., a la resolución defensorial del 3 de junio de 2014, en la que se determinó que los derechos a una vida digna, acceso a bienes y servicios públicos y privados de calidad, con eficiencia, eficacia, han sido vulnerados al no conceder el servicio de energía eléctrica en la vivienda del accionante por parte de la Empresa Eléctrica Regional Centro Sur C.A. Exhortara la empresa que, así como se instaló el servicio de energía eléctrica en una vivienda cercana a la casa del peticionario, se proceda con la instalación en la casa del accionante.
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