Resolución 04-DPE-DGT-DNAPL-2015 (Supuesta tortura física y mental por parte de miembros del Cuerpo de Infantería de la Marina)

El peticionario manifiesta haber sido víctima de tortura física y mental por parte de miembros del Cuerpo de Infantería de la Marina, durante los años 1970 y 1971, así también señala que estuvo en calidad de detenido en el calabozo, por 19 días donde se encontraba incomunicado a pan y agua, y todos...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores principales: Ecuador. Defensoría del Pueblo. Dirección Nacional de Atención Prioritaria y Libertades, Hidalgo Vélez, Gabriela Isabel
Formato: Resolución
Lenguaje:esp
Publicado: Quito: Defensoría del Pueblo de Ecuador 2015
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/793
Descripción
Sumario:El peticionario manifiesta haber sido víctima de tortura física y mental por parte de miembros del Cuerpo de Infantería de la Marina, durante los años 1970 y 1971, así también señala que estuvo en calidad de detenido en el calabozo, por 19 días donde se encontraba incomunicado a pan y agua, y todos los días a las cinco de la mañana le sacaban a cargar unos troncos que pesaban aproximadamente 200 libras, y cuando ya no podía más los sargentos y cabos le propiciaban maltratos físicos. Al resolver la queja la Defensoría del Pueblo determina que del análisis de la documentación constante en el expediente, no ha sido posible determinar la vulneración de derecho a la libertad personal, derecho a la integridad y derecho a la igualdad; pero sin embargo, considerando que los hechos refieren sobre la existencia de situaciones que podrían recaer en el ámbito penal, se recomienda al peticionario que se presente la acción ante la Fiscalía General del Estado con la finalidad de que se investigue el caso.