Sumario: | Se acepta el caso de un ciudadano que requirió abrir una cuenta en el Banco de Machala, sin lograr acceder debido a que el Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Consep, no tenía actualizada su información y en esa el afectado constaba como presunto culpable de un delito. Al resolver el caso, la Defensoría, determina que la denominada política "Conozca a su cliente" que consiste en revisar el pasado judicial de las personas que solicitan cuentas, no aporta con criterios objetivos para la vinculación o desvinculación de clientes sino que lo deja a la subjetividad de las instituciones del sistema financiero. En tal virtud se exhorta al Banco de Machala a proceder a la apertura de una cuenta bancaria conforme a la solicitud del peticionario, y a la Superintendencia de Bancos y Seguros revise dicha política con la finalidad de que se apliquen criterios objetivos y no subjetivos. Nota: el Vicepresidente del Banco Machala interpuso una petición de revisión respecto a esta Resolución. La Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza de la Defensoría del Pueblo emitió el Recurso de Revisión N° REV-023-ADHN-DPE-2015 el 2 de junio de 2015 mediante el cual se rechaza la petición interpuesta y se ratifica lo resuelto por la Dirección Nacional de Atención Prioritaria y Libertades de la Defensoría del Pueblo.
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