Sumario: | La Defensoría del Pueblo en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho solicita se acepte la acción de protección y en consecuencia se declare que se vullneró varios de los derechos constitucionales de Jahiren Noriega Donoso, como presidenta del Consejo Estudiantil del Colegio Sebastián de Benalcázar, en mérito de la decisión de quienes democráticamente la eligieron. Se solicita que se ordene la reparación integral por los daños y perjuicio que este acto ilegítimo y nulo produce en la afectada; considerando que es menor de edad y que por disposición constitucional, se encuentra protegida por el principio del interés superior de niños, niñas y adolescentes.
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