Sumario: | Se impugnó la resolución defensorial N° 016-DPE-DINAPROT-CNDESC-2013, emitida el 3 de julio de 2013 por la Dirección Nacional de Protección, en la que se declaró la vulneración del derecho a la salud, en relación con el derecho a la igualdad formal, material y a la no discriminación, por lo que se solicitó a BMI Igualas Médicas Ecuador S.A. que permita a la niña acceder a un plan para la prestación de servicios de salud y medicina prepagada. Se exhortó a BMI y a las empresas dedicadas a la prestación de servicios de salud y/o medicina prepagada para que adecúen sus disposiciones internas y los correspondientes contratos de prestación de servicios a las normas constitucionales. Esta decisión fue recurrida por la Gerente General de BMI Ecuador. Al resolver el recurso de revisión se ratificó la resolución y se declara que BMI, ha vulnerado el derecho a la igualdad y no discriminación en conexidad con el derecho a la salud y a la seguridad jurídica, al declarar a la niña como no elegible para ser incluida en el Plan Infinity de su padre.
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