Boletín semanal N° 142

En este documento se hace referencia a la condena a la obra social a brindar la cobertura integral de la Terapia de Comunicación Lenguaje requerida por una afiliada menor de edad, que padece de Trastorno Generalizado del Desarrollo (TGD), a cargo de la profesional idónea en neurolingüística tratante...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Argentina. Centro de Referencia Documental del Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires
Formato: Boletín
Lenguaje:esp
Publicado: Buenos Aires: Defensoría del Pueblo 2015
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/463
Descripción
Sumario:En este documento se hace referencia a la condena a la obra social a brindar la cobertura integral de la Terapia de Comunicación Lenguaje requerida por una afiliada menor de edad, que padece de Trastorno Generalizado del Desarrollo (TGD), a cargo de la profesional idónea en neurolingüística tratante de la niña. Advierte que no se trata de otorgar livianamente una cobertura médica con un determinado profesional de la salud ante la presentación de una receta médica, sino de evitar que niños con gravísimas patologías, y acreditada condición de discapacidad, deban penar administrativamente para lograr que se le provea una determinada cobertura médica con un determinado profesional, con el cual tiene una consolidada relación de confianza médico-paciente, y con quien viene tratando su grave enfermedad.