Amicus curiae. Segunda instancia. Caso n° 10332-2020-00418

Mediante este amicus curiae la Defensoría del Pueblo en su calidad de Institución Nacional de Derechos Humanos y de la Naturaleza, solicita a lxs jueces provinciales de Garantías Constitucionales de Imbabura, que en aplicación del principio de precaución y con el objetivo de garantizar el respeto in...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores principales: Ecuador. Defensoría del Pueblo. Dirección Nacional del Mecanismo de Prevención, Precaución, Protección, Promoción y Restauración de los Derechos de la Naturaleza, Andrade Andrade, Katerine, Morales Riofrío, Gonzalo Javier, Granda Paz, María Fernanda
Formato: Aporte defensorial
Lenguaje:esp
Publicado: 2023
Materias:
Acceso en línea:https://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/3461
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description Mediante este amicus curiae la Defensoría del Pueblo en su calidad de Institución Nacional de Derechos Humanos y de la Naturaleza, solicita a lxs jueces provinciales de Garantías Constitucionales de Imbabura, que en aplicación del principio de precaución y con el objetivo de garantizar el respeto integral a la existencia de la naturaleza, ratifiquen la sentencia de primera instancia , con la única consideración adicional de que las especies bajo categoría de amenaza, según la clasificación dada por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) sean tomadas en cuenta para la adopción de medidas de precaución suficientes para evitar un impacto negativo sobre las especies y sus hábitats, incluyendo su posible extinción. En consecuencia la DPE solicita se niegue la apelación planteada por el Ministerio de Ambiente y Agua, con el objeto de garantizar los derechos y ampliar la protección en base a la fundamentación expuesta.
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