Sumario: | La Defensoría del Pueblo de Ecuador presentó una acción de protección en contra del Ministerio de Salud Pública para tutelar el derecho a la salud, a la integridad personal y a la vida (vida digna) de una persona diagnosticada con una enfermedad catastrófica de alta complejidad, a quien no se le entregó el medicamento Pembrolizumab para el tratamiento por no constar en el cuadro básico. La acción fue aceptada en primera instancia, declarándose la vulneración de los derechos mencionados y disponiéndose, en lo principal, la entrega de la medicina en un plazo de 30 días. Esta decisión fue apelada por la parte accionada. En segunda instancia se aceptó el recurso de apelación y se revocó la sentencia subida en grado.
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