Sumario: | El Pueblo Shuar Arutam basados en lo dispuesto en el numeral 57 de la Resolución 1/2020, adoptada por la CIDH el 10 de abril de 2020, sobre Pandemia y DDHH en las Américas que manda a "Extremar las medidas de protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas en el marco de la pandemia del COVID-19, tomando en consideración que estos colectivos tienen derecho a recibir una atención de salud con pertinencia cultural, que tome en cuenta los cuidados preventivos, las prácticas curativas y las medicinas tradicionales". Solicitan al COE nacional tome las acciones oportunas que permitan que se prevengan contagios masivos de la COVID-19.
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