Caso N.N. en contra de la Universidad Politécnica Salesiana, Resolución de reconsideración N.° 004 - ADHN- DPE- 2019

La Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza emita la presente resolución de reconsideración de la Resolución defensorial N.° 016-DPE-DNDBV-2018, emitida el 12 de octubre de 2018 por la Directora Nacional de Derechos del Buen Vivir en el trámite defensorial N° 715-2018-DNDBV. En la resolución...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Ecuador. Defensoría del Pueblo, Hurtado Caicedo, Francisco Xavier
Formato: Resolución
Lenguaje:esp
Publicado: Quito: Defensoría del Pueblo de Ecuador 2019
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/2325
Descripción
Sumario:La Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza emita la presente resolución de reconsideración de la Resolución defensorial N.° 016-DPE-DNDBV-2018, emitida el 12 de octubre de 2018 por la Directora Nacional de Derechos del Buen Vivir en el trámite defensorial N° 715-2018-DNDBV. En la resolución de reconsideración la Adjuntía resolvió: EXHORTAR a los representantes de la Universidad Politécnica Salesiana realizar una capacitación en derechos humanos dirigido al personal que labora en la universidad en especial el nivel jerárquico superior. RECOMENDAR a los representantes de la universidad establezca protocolos de atención de quejas de los usuarios externos e internos y de esta forma los trabajadores tengan conocimiento del trámite que se da a las quejas. INSTAR a las autoridades a realizar las adecuaciones razonables necesarias en relación a la situación de discapacidad auditiva de la licenciada, a fin de garantizar las mejores condiciones en su desempeño y en beneficio de la universidad y alumnado, en consenso con la peticionaria. INSTAR a las autoridades de la universidad regularicen la situación laboral de la licenciada de mutuo acuerdo con ella, tomando en cuenta su perfil profesional, que fomente sus capacidades y potencialidades, garantizando un entorno laboral inclusivo, propiciando un diálogo con la licenciada, a fin de establecer puntos de acuerdo que permitan esclarecer y superar dificultades que se han presentado en la relación laboral. SOLICITAR a las autoridades de la universidad que, en plazo de 30 días, presenten a la Defensoría del Pueblo un informe sobre la política laboral institucional relacionada con las personas con discapacidad que se vinculen a la entidad universitaria.