Caso María Cedeño Rodríguez contra el GAD Municipal de Guayaquil y otro. Resolución de Revisión No. 071-ADHN-DPE-2017

La Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza de la Defensoría del Pueblo del Ecuador revisó, por solicitud del Alcalde de Guayaquil, la Resolución Defensorial N° 037-2017-CGDZ8, emitida el 1 de agosto de 2017. En la petición inicial, la señora María del Pilar Cedeño Rodríguez manifestó que dir...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Ecuador. Defensoría del Pueblo. Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza, Benalcázar Alarcón, Patricio
Formato: Resolución
Lenguaje:esp
Publicado: Quito 2018
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1972
Descripción
Sumario:La Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza de la Defensoría del Pueblo del Ecuador revisó, por solicitud del Alcalde de Guayaquil, la Resolución Defensorial N° 037-2017-CGDZ8, emitida el 1 de agosto de 2017. En la petición inicial, la señora María del Pilar Cedeño Rodríguez manifestó que dirigió varios oficios al GAD Municipal de Guayaquil con la finalidad de informar acerca de la contaminación que se estaba viviendo en la Ciudadela Los Esteros debido a varias líneas de buses; sin embargo, no recibió ninguna respuesta al respecto. De la revisión del expediente se desprende que la Coordinación Defensorial Zonal 8 determinó que el GAD Municipal de Guayaquil no brindó respuesta a su petición en el momento oportuno y no se dio una atención eficaz y adecuada a sus requerimientos. Por tal razón, con la finalidad de tutelar el derecho de petición, la Adjuntía resolvió negar por improcedente el pedido de revisión y ratificarla la resolución venida en grado.