Caso Andrea Ávila Méndez contra la Unidad Educativa Dolores J. Torres. Resolución de Revisión No. 065-ADHN-DPE-2017

La Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza de la Defensoría del Pueblo del Ecuador revisó, por solicitud de la rectora de la Unidad Educativa Dolores J. Torres, la Resolución Defensorial N° 46-2017-CGDZ6, emitida el 17 de julio del 2017. En la petición inicial, la Lic. Andrea Dávila Méndez m...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Ecuador. Defensoría del Pueblo. Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza, Benalcázar Alarcón, Patricio
Formato: Resolución
Lenguaje:esp
Publicado: Quito 2018
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1967
Descripción
Sumario:La Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza de la Defensoría del Pueblo del Ecuador revisó, por solicitud de la rectora de la Unidad Educativa Dolores J. Torres, la Resolución Defensorial N° 46-2017-CGDZ6, emitida el 17 de julio del 2017. En la petición inicial, la Lic. Andrea Dávila Méndez manifestó que no se le había concedido el permiso por parte de la unidad educativa para ausentarse de sus labores como maestra, con motivo de finalizar sus estudios de maestría; y que había sido víctima de malos tratos. La Coordinación General Defensorial Zonal 6 de la DPE consideró que no se dieron procesos de diálogo entre la docente y la autoridad. Por tal razón, con la finalidad de tutelar el derecho al trabajo y a la educación, la Adjuntía resolvió rectificar la resolución en los siguientes términos: se exhortó a la rectora a que realice las gestiones para que se resuelva la solicitud de la peticionaria, se le recomendó que realice capacitaciones en el plantel para que se conozcan los requisitos para conceder permisos por estudios y también se le recomendó que declare a la institución en un espacio de paz.