Caso N.N. contra el Hospital Civil San Francisco. Resolución Defensorial No. 0008-DPE-CGDZ2-2017-RT

El señor N.N. acudió a la Coordinación General Defensorial Zonal 2 de la Defensoría del Pueblo en Orellana en calidad de peticionario y manifestó que el Hospital Civil San Francisco no le prestó un servicio de salud de calidad en el proceso de nacimiento de su hija, quien falleció a los dos días de...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores principales: Ecuador. Defensoría del Pueblo. Coordinación General Defensorial Zonal 2, Trujillo Orbe, Rodrigo
Formato: Resolución
Lenguaje:esp
Publicado: Puerto Francisco de Orellana 2018
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1947
Descripción
Sumario:El señor N.N. acudió a la Coordinación General Defensorial Zonal 2 de la Defensoría del Pueblo en Orellana en calidad de peticionario y manifestó que el Hospital Civil San Francisco no le prestó un servicio de salud de calidad en el proceso de nacimiento de su hija, quien falleció a los dos días de nacida. Efectuada la investigación defensorial se determinó que existen evidencias de vulneración al derecho a acceder a un servicio de público de salud eficiente, eficas y de calidad; considerando adicionalmente, que la madre de la niña fallecida es una mujer, adolescente, en contexto de movilidad humana, lo cual exige una atención prioritaria que no fue brindada. La Coordinación General Defensorial Zonal 2 de la Defensoría del Pueblo en Orellana resuelve exhortar a las autoridades del Ministerio de Salud a generar mecanismos para garantizar atención prioritaria de los grupos que así lo requieran y dar apoyo psicológico a los peticionarios.