Sumario: | La señora N.N. acudió a la Delegación Provincial de la Defensoría del Pueblo en Imbabura en calidad de peticionaria, y manifestó que el IESS no cubrió los gastos por la atención médica de su hija, misma que fue derivada de emergencia a una casa de salud a fin de que reciba cuidados de Terapia Intensiva, aduciendo que se omitieron procedimientos internos para su derivación. Efectuada la investigación defensorial se determinó que la entidad requerida aplicó una normativa retroactivamente, y que con base a esto se desconoció el reconocimiento del reembolso de los valores que ya habían sido cancelados por la madre de la niña. La Delegación Provincial de la Defensoría del Pueblo en Imbabura resolvió exhortar a las autoridades del IESS a reembolsar los valores que según el tarifario le corresponden a la peticionaria, de conformidad con lo establecido en la legislación ecuatoriana aplicable.
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