Sumario: | La señora Blanca Molina acude a la Delegación Provincial de Imbabura y expresa que al hacer uso del servicio de taxi, el señor taxista Lenin Valenzuela intentó cobrarle una tarifa sin hacer uso del taxímetro y que luego atentó a su integridad física. Al margen de la acción planteada en la Fiscalía, las partes llegan a un acuerdo, el requerido pide disculpas públicas y ofrece sufragar los gastos médicos de la peticionaria. Se resuelve aceptar la petición presentada por la señora Blanca Molina Morales y considerando que la Cooperativa de Transporte en Taxis Auto Unión ha sancionado con un llamado de atención a su socio, señor Lenin Mauricio Valenzuela Andrade, por la denuncia presentada por la peticionaria, aceptándose tácitamente que los hechos acontecidos y que fueren puestos en conocimiento de la Defensoría del Pueblo; se desprende que en el presente caso, el derecho a acceder a bienes y servicios públicos y privados de calidad, con eficiencia eficacia y buen trato ha sido vulnerado.
|