Caso Jaime Luna Chacha contra el Hospital de la Policía Nacional No.2 Guayas. Resolución Defensorial No. 034-DPE-CGDZ8-2017-GLR

La Coordinación General Defensorial Zonal 8 conoce la petición remitida por la CGDZ6, en la que el señor Jaime Luna expresa que es Policía Nacional, que vive con leucemi que fue diagnosticada aproximadamente hace 3 años, que ha sido tratado en el Hospital de la Policía Nacional No. 2 de Guayas, porq...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores principales: Ecuador. Defensoría del Pueblo. Coordinación General Defensorial Zonal 8, Rovira Jurado, Zaida
Formato: Resolución
Lenguaje:esp
Publicado: Guayaquil 2017
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1856
Descripción
Sumario:La Coordinación General Defensorial Zonal 8 conoce la petición remitida por la CGDZ6, en la que el señor Jaime Luna expresa que es Policía Nacional, que vive con leucemi que fue diagnosticada aproximadamente hace 3 años, que ha sido tratado en el Hospital de la Policía Nacional No. 2 de Guayas, porque en la ciudad de Cuenca no hay hospital ni tratante. Que hace aproximadamente 9 meses no le dan la medicación que requiere y la falta de la misma puede provocar el deterioro de su salud. Se resuelve aceptar la petición presentada por el requirente y determinar que el Hospital Docente de la Policía Nacional Guayaquil No. 2 no observó el derecho a la salud integral que incluya la provisión oportuna de medicamentos: el derecho a acceder a servicios públicos de óptima calidad con eficiencia y eficacia; y, el derecho al trato preferente, prioritario y especializado para las personas con enfermedades catastróficas.