Caso N.N. contra la Clínica Medilab. Resolución Defensorial No. 007-DPE-CGDZ7-2017-ROF

La señora N.N. acude a la Coordinación General Defensorial Zonal 7 y expresa que ingresó a la Clínica Medilab para ser asistida en el alumbramiento de su hija y que al momento de solicitar el certificado de nacida viva de su hija para su inscripción en el Registro Civil le manifiestan que no le pued...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores principales: Ecuador. Defensoría del Pueblo. Coordinación General Defensorial Zonal 7, Lazzarini Stagnaro, Paola
Formato: Resolución
Lenguaje:esp
Publicado: Loja 2017
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1853
Descripción
Sumario:La señora N.N. acude a la Coordinación General Defensorial Zonal 7 y expresa que ingresó a la Clínica Medilab para ser asistida en el alumbramiento de su hija y que al momento de solicitar el certificado de nacida viva de su hija para su inscripción en el Registro Civil le manifiestan que no le pueden entregar porque adeuda 400 dólares. Expresa que quien debía pagar esto era la Federación Deportiva de Loja de acuerdo al convenio suscrito con la clínica, porque su esposo es futbolista y presta sus servicios en la Federación por lo cual tiene derecho. Se resuelve determinar que el derecho fundamental a una identidad fue afectado por el Dr. Hugo Castillo, médico tratante, al no entregar el certificado de nacida viva en el tiempo oportuno; que en casos análogos no puede negar un derecho relacionado con una deuda pendiente por lo que se debe atender este tipo de pedidos inmediatamente y buscar la cancelación de valores adeudados por otros medios.