Caso Sulay Rodríguez contra María y Sandra Rodríguez. Resolución Defensorial No. 0078-DPE-CGDZ5-2017-OS

La señora Sulay Rodríguez acude a la Coordinación General Defensorial Zonal 5 y expresa que sus hermanas han abandonado a su madre, la misma que tiene 89 años de edad y alzhéimer. Manifiesta que la peticionaria vive en Francia pero envía de manera frecuente recursos para alimentación, medicinas, es...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores principales: Ecuador. Defensoría del Pueblo. Coordinación General Defensorial Zonal 5, Rezabala Mera, Roxana
Formato: Resolución
Lenguaje:esp
Publicado: Milagro 2017
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1778
Descripción
Sumario:La señora Sulay Rodríguez acude a la Coordinación General Defensorial Zonal 5 y expresa que sus hermanas han abandonado a su madre, la misma que tiene 89 años de edad y alzhéimer. Manifiesta que la peticionaria vive en Francia pero envía de manera frecuente recursos para alimentación, medicinas, es decir, para que su madre pueda ser atendida. La peticionaria solicita la venta de la vivienda de su madre para que ésta sea internada en un centro gerontológico, empero se acuerda que lo mejor para su situación es que viva con sus hijas. Se resuelve exhortar a las señoras Sulay, María y Sandra Rodríguez a brindar su madre la protección adecuada, atención diaria, alimentación, seguimiento de su estado de salud, entrega de medicinas y coordinen la atención médica y social con los Distritos de Salud y Mies de Milagro con la finalidad de garantizar su atención y bienestar integral.