Sumario: | El señor Carlos Muñoz acude a la Coordinación General Defensorial Zonal 2 y expresa que el Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial de San Luis de Armenia ha procedido a derrocar la vivienda de él y su pareja, sin su consentimiento, sin una orden emanada por una autoridad competente, sin que se los haya indemnizado por los daños y perjuicios causados, ni se les haya reconocido una cantidad de dinero que les permita arrendar una nueva vivienda mientras dura esta emergencia. Se resuelve, principalmente, exhortar al Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural de San Luis de Armenia a una reparación integral a los derechos vulnerados a los peticionarios, que incluya, entre otras medidas, la restitución de un lote de terreno de las mismas dimensiones, junto al lugar destinado para la construcción del parque o plaza central de la parroquia San Luis de Armenia, y la construcción de una nueva vivienda con las mismas características y especificaciones técnicas a las que fue derrocada; así como la entrega de un aporte económico que cubra el costo del arriendo de una casa o departamento, por el tiempo que dure esta situación y que la parte requerida presente disculpas públicas a las personas afectadas.
|