Sumario: | La Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza de la Defensoría del Pueblo de Ecuador revisó de oficio la Resolución No. 0018-2015-DPH dictada el 30 de junio de 2015 por el Delegado Provincial de Chimborazo. En la petición inicial el señor N.N. indica que es trabajador de la compañía Tesalia, y tiene a su cargo una hija con discapacidad física. Señala que ha entregado en su lugar de trabajo la documentación necesaria para ser considerado como trabajador sustituto de acuerdo a la Ley Orgánica de Discapacidades (LOD), pero que al realizar las averiguaciones en el entonces Ministerio de Relaciones Laborales, no tenían su documentación. La Adjuntía resuelve rectificar la resolución designada, aceptar la petición presentada por el señor N.N.; exhortar al Ministerio de Inclusión Económica y Social que realice las modificaciones pertinentes a la normativa aplicable a los/as trabajadores sustitutos/as, y que la adecúe en concordancia con el análisis de derechos presentado en esta Resolución; y, recomendar al Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades para que establezca un mecanismo de coordinación con el MIES para incidir en la reforma a la normativa aplicable a las/os trabajadores sustitutos/as para que sus disposiciones favorezcan a la mejor vigencia de derechos de niños y niñas con discapacidad.
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