Sumario: | La señora N.N. acude a la Delegación Provincial de Cotopaxi y expresa que su señora suegra tiene una discapacidad de 93%, recibe el bono de desarrollo humano, que el cuidado de su suegra está a cargo del cónyuge de esta última; que la peticionaria ha sido testigo del empeoramiento y malos cuidados del esposo de su suegra le conmina. Se resuelve exhortar al Ministerio de Inclusión Económica y Social, a realizar los trámites administrativos necesarios, a fin de que la señora N.N. pueda encargarse de los cuidados necesarios de su suegra y que los recursos provenientes del "Bono Joaquín Gallegos Lara", sean utilizados en favor de la persona con discapacidad.
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