Caso Rubén Eduardo Montalvo García contra el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS. Resolución de Revisión No. 101-ADHN-DPE-2016

La Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza realiza la revisión, a petición de parte, de la Resolución Defensorial Nro. 108-2016-CGDZ9, emitida por el Coordinador General Defensorial Zonal 9, en el trámite defensorial Nro. 4161-2016-CGDZ9. En la petición inicial el Sr. Rubén Montalvo expresa...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores principales: Ecuador. Defensoría del Pueblo. Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza, Murillo Nevárez, Paulina Susana
Formato: Recurso de revisión
Lenguaje:esp
Publicado: Quito: Defensoría del Pueblo de Ecuador 2017
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1471
Descripción
Sumario:La Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza realiza la revisión, a petición de parte, de la Resolución Defensorial Nro. 108-2016-CGDZ9, emitida por el Coordinador General Defensorial Zonal 9, en el trámite defensorial Nro. 4161-2016-CGDZ9. En la petición inicial el Sr. Rubén Montalvo expresa que por ser afiliado de Ecuasanitas, acudió a emergencias de la Clínica Internacional, que es parte de dicha organización de medicina prepagada, se le diagnosticó angina inestable post infarto, luego el Director Médico de Ecuasanitas le autoriza realizar tal procedimiento en la Agencia Clínica Internacional y que se le envíe la cuenta a nombre de Ecuasanitas, con esto, solicitó al Hospital Vozandes Quito (HVQ) presentar la factura y una vez que el IESS pague al Hospital, ese monto sea devuelto; mas recibe la respuesta del Gerente de la Unidad de Gestión de Calidad Vozandes que el pedido no procede porque ha acudido voluntariamente al HVQ como paciente privado. Se resuelve rechazar el pedido de revisión propuesto por el Procurador General del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y aceptar la petición del Sr. Rubén Montalvo dado que el IESS reconoce la existencia de una emergencia y que por falta de coordinación entre el HVQ y el IESS no se ha protegido en su totalidad el derecho a la seguridad social.