Observaciones al Proyecto de Ley Orgánica de Comunicación
La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, reconoció como un derecho humano a la libertad de expresión, que incluye, entre otros, que las personas no sean molestadas a causa de sus opiniones; y, la investigación, recepción de las informaciones y opiniones, y la difusión de las mismas sin...
Autores principales: | , , , |
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Formato: | Aporte defensorial |
Lenguaje: | esp |
Publicado: |
Quito: Defensoría del Pueblo de Ecuador
2014
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Materias: | |
Acceso en línea: | http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/140 |
Sumario: | La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, reconoció como un derecho humano a la libertad de expresión, que incluye, entre otros, que las personas no sean molestadas a causa de sus opiniones; y, la investigación, recepción de las informaciones y opiniones, y la difusión de las mismas sin limitación de fronteras por cualquier medio de expresión. En tal razón, parte del documento (páginas 15-20) recoge varias consideraciones realizadas por la DPE con relación a la actual Ley Orgánica de Comunicación cuando era un proyecto en su momento. |
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