Medida de Protección a favor de Régulo Eriberto Ruiz Shagnay. Medida de Protección N° 001- DPE-2016

La Defensoría del Pueblo resuelve determinar la procedencia de la solicitud presentada por la Dra. Mónica Jara Villacís, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Girón, en razón de que se ha determinado que el Sr. Régulo Eriberto Ruiz Sagnay, por ser una persona con dis...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Ecuador. Defensoría del Pueblo
Otros Autores: Benalcázar Alarcón, Patricio
Formato: Resolución
Lenguaje:esp
Publicado: Quito: Defensoría del Pueblo de Ecuador 2016
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1354
Descripción
Sumario:La Defensoría del Pueblo resuelve determinar la procedencia de la solicitud presentada por la Dra. Mónica Jara Villacís, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Girón, en razón de que se ha determinado que el Sr. Régulo Eriberto Ruiz Sagnay, por ser una persona con discapacidad intelectual del 100%, abandonado por su familia y que requiere una atención especializada, para lo cual resulta necesaria la adopción de medidas adecuadas para su protección y bienestar. Se dispone que las autoridades del Centro de Atención Integral a Personas con Discapacidad del Ministerio de Inclusión Económica y Social, ubicado en la parroquia Huaynacapac, cantón Cuenca, provincia del Azuay, mantengan en acogimiento institucional al Sr. Régulo Eriberto Ruiz Sagnay y le brinden la correspondiente atención prioritaria y permanente. Se solicita al Ministerio de Salud Pública que recalifique la discapacidad del Sr. Ruiz para determinar su grado actual. Se dispone a la Coordinación General Defensorial Zonal 6 que vigile el cumplimiento de las Medidas de Protección emitidas en esta resolución. Finalmente, se deja a salvo el ejercicio de las acciones y derechos de los que se consideren asistidos los intervinientes.