Boletín semanal N° 216
Publicación periódica del Centro de Referencia Documental de la Defensoría del Pueblo de Buenos Aires, Argentina. Noticia destacada: el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción decreta el sobreseimiento de una mujer víctima de violencia de género que interrumpió su embarazo y de las dos médica...
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Publicado: |
Buenos Aires: Defensoría del Pueblo
2016
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Acceso en línea: | http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1352 |
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description | Publicación periódica del Centro de Referencia Documental de la Defensoría del Pueblo de Buenos Aires, Argentina. Noticia destacada: el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción decreta el sobreseimiento de una mujer víctima de violencia de género que interrumpió su embarazo y de las dos médicas que la atendieron y le proporcionaron un medicamento para llevarlo a cabo. Señala que el sistema legal argentino prohíbe el aborto aunque el límite legal a los casos en los que puede concretarse excede la taxatividad que ofrece el art. 86 del Código Penal, a punto tal que la Corte Suprema entendió que las y los médicos, en ningún caso, deben o pueden requerir la autorización judicial para realizar esta clase de abortos, debiendo practicarlos requiriendo exclusivamente la declaración jurada de la víctima, en la que manifieste que el embarazo es la consecuencia de una violación. Considera que si bien no existió una denuncia de violación como es requerida por la normativa para justificar el aborto, al menos desde el plano formal, los elementos
probatorios permiten suponer tal como también lo entendieron las médicas imputadas, que la mujer habría sido víctima de situaciones de violencia por parte del padre del no nato, que es facultad de la víctima denunciar o no el abuso y que ese pudo haber sido el fundamento del aborto, de modo que las profesionales procedieron justificadamente a hacer efectiva la voluntad de la madre. |
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