Resolución No. 001-DPE-DGT-2016 (Debido proceso - extrabajadores empresa petrolera)

El Ab. Fernando Romo Carpio solicitó a la Defensoría del Pueblo realizar la vigilancia del debido proceso en la audiencia de estrados dentro de la solicitud de medidas cautelares a realizarse en la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, por cuanto un grupo de extrabajadores del Consorcio Petrole...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Ecuador. Defensoría del Pueblo. Dirección Nacional de Derechos del Buen Vivir
Otros Autores: Álvarez Alcívar, María Fernanda
Formato: Resolución
Lenguaje:esp
Publicado: Quito: Defensoría del Pueblo de Ecuador 2016
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1259
Descripción
Sumario:El Ab. Fernando Romo Carpio solicitó a la Defensoría del Pueblo realizar la vigilancia del debido proceso en la audiencia de estrados dentro de la solicitud de medidas cautelares a realizarse en la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, por cuanto un grupo de extrabajadores del Consorcio Petrolero Bloque 18, conformado por las compañías Petrobrás Energía Ecuador y Ecuador TLC, presumían que en esa instancia se podrían vulnerar sus derechos. Realizado el trámite defensorial respectivo, la Dirección Nacional de Derechos del Buen Vivir de la Defensoría del Pueblo resolvió determinar que no existió violación del debido proceso en la audiencia de estrados mencionada.