Rec. Revisión 035-ADHN-DPE-2016 (Derecho de petición de persona en situación de movilidad humana - Senescyt)

Se niega la petición de revisión solicitada por el Ec. René Ramírez, Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e InnovaciónInnovación (Senescyt), a la Resolución N° 309-2015, emitida el 30 de diciembre de 2015, por el Coordinador General Defensorial Zonal 9 de la Defensoría del Pueblo de...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Ecuador. Defensoría del Pueblo. Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza
Otros Autores: Benalcázar Alarcón, Patricio
Formato: Recurso de revisión
Lenguaje:esp
Publicado: Quito: Defensoría del Pueblo de Ecuador 2016
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1235
_version_ 1809479559492403200
author Ecuador. Defensoría del Pueblo. Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza
author2 Benalcázar Alarcón, Patricio
author_facet Benalcázar Alarcón, Patricio
Ecuador. Defensoría del Pueblo. Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza
author_sort Ecuador. Defensoría del Pueblo. Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza
collection Repositorio
description Se niega la petición de revisión solicitada por el Ec. René Ramírez, Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e InnovaciónInnovación (Senescyt), a la Resolución N° 309-2015, emitida el 30 de diciembre de 2015, por el Coordinador General Defensorial Zonal 9 de la Defensoría del Pueblo de Ecuador, respecto al caso de la Sra. Katia Brito Madrazo, ciudadana de nacionalidad cubana a quien la Senescyt negó recibir una segunda solicitud de registro de su título universitario obtenido en la Universidad de Camagüey, en Cuba. Se rectifica en parte la resolución venida en grado, en los siguientes términos: 1. Señalar que hace parte del derecho de petición el receptar las solicitudes presentadas a la autoridad competente a fin de dar el trámite pertinente. 2. Exhortar a la Senescyt a que reciba la solicitud de reconsideración de la Sra. Katia Brito Madrazo y atender lo que corresponda de conformidad con sus atribuciones legales y constitucionales. 3. Recomendar a la Senescyt que instruya a sus servidores/as sobre la obligación de receptar las solicitudes, a fin de garantizar el derecho de petición de las personas usuarias. 4. Exhortar a la Senescyt a adoptar las medidas necesarias a fin de garantizar que sus servidores/as observen principios constitucionales de aplicación de derechos en la atención al público.
format Recurso de revisión
id oai:localhost:39000-1235
institution Defensoría del Pueblo Ecuador
language esp
publishDate 2016
publisher Quito: Defensoría del Pueblo de Ecuador
record_format dspace
spelling oai:localhost:39000-12352022-12-30T20:21:18Z Rec. Revisión 035-ADHN-DPE-2016 (Derecho de petición de persona en situación de movilidad humana - Senescyt) Ecuador. Defensoría del Pueblo. Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza Benalcázar Alarcón, Patricio EDUCACIÓN SUPERIOR DERECHO DE PETICIÓN MOVILIDAD HUMANA SERVICIOS PÚBLICOS DE CALIDAD Se niega la petición de revisión solicitada por el Ec. René Ramírez, Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e InnovaciónInnovación (Senescyt), a la Resolución N° 309-2015, emitida el 30 de diciembre de 2015, por el Coordinador General Defensorial Zonal 9 de la Defensoría del Pueblo de Ecuador, respecto al caso de la Sra. Katia Brito Madrazo, ciudadana de nacionalidad cubana a quien la Senescyt negó recibir una segunda solicitud de registro de su título universitario obtenido en la Universidad de Camagüey, en Cuba. Se rectifica en parte la resolución venida en grado, en los siguientes términos: 1. Señalar que hace parte del derecho de petición el receptar las solicitudes presentadas a la autoridad competente a fin de dar el trámite pertinente. 2. Exhortar a la Senescyt a que reciba la solicitud de reconsideración de la Sra. Katia Brito Madrazo y atender lo que corresponda de conformidad con sus atribuciones legales y constitucionales. 3. Recomendar a la Senescyt que instruya a sus servidores/as sobre la obligación de receptar las solicitudes, a fin de garantizar el derecho de petición de las personas usuarias. 4. Exhortar a la Senescyt a adoptar las medidas necesarias a fin de garantizar que sus servidores/as observen principios constitucionales de aplicación de derechos en la atención al público. 2016-04-26T21:46:55Z 2016-04-26T21:46:55Z 2016-04-13 Recurso de revisión Defensoría del Pueblo de Ecuador. (2016). Rec. Revisión 035-ADHN-DPE-2016 (Derecho de petición de persona en situación de movilidad humana - Senescyt) [versión Adobe Reader]. Quito: DPE REV-DPE-035-2016 http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1235 esp 15 p. application/pdf Quito: Defensoría del Pueblo de Ecuador
spellingShingle EDUCACIÓN SUPERIOR
DERECHO DE PETICIÓN
MOVILIDAD HUMANA
SERVICIOS PÚBLICOS DE CALIDAD
Ecuador. Defensoría del Pueblo. Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza
Rec. Revisión 035-ADHN-DPE-2016 (Derecho de petición de persona en situación de movilidad humana - Senescyt)
title Rec. Revisión 035-ADHN-DPE-2016 (Derecho de petición de persona en situación de movilidad humana - Senescyt)
title_full Rec. Revisión 035-ADHN-DPE-2016 (Derecho de petición de persona en situación de movilidad humana - Senescyt)
title_fullStr Rec. Revisión 035-ADHN-DPE-2016 (Derecho de petición de persona en situación de movilidad humana - Senescyt)
title_full_unstemmed Rec. Revisión 035-ADHN-DPE-2016 (Derecho de petición de persona en situación de movilidad humana - Senescyt)
title_short Rec. Revisión 035-ADHN-DPE-2016 (Derecho de petición de persona en situación de movilidad humana - Senescyt)
title_sort rec. revisión 035-adhn-dpe-2016 (derecho de petición de persona en situación de movilidad humana - senescyt)
topic EDUCACIÓN SUPERIOR
DERECHO DE PETICIÓN
MOVILIDAD HUMANA
SERVICIOS PÚBLICOS DE CALIDAD
url http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1235