Sumario: | Se aceptó parcialmente el pedido de revisión interpuesto por el Sr. Guillermo Herrera, Prefecto de la provincia del Carchi, el 31 de diciembre de 2015, a la Resolución N° 047-DPE-CGDZ1-2015, emitida el 8 de mayo de 2015 en el trámite defensorial N° 142-2015. Al resolver el pedido, se resuelve rectificar parcialmente la resolución venida en grado, por cuanto ha equivocado el análisis de derechos. Se rectifica en los siguientes términos: 1. Observar que la petición del Sr. Fabián Arturo García Casanova no fue atendida oportunamente por el Sr. Prefecto de Carchi, situación subsanada con la entrega de información solicitada dentro del trámite de investigación defensorial. 2. Reconocer que el Sr. Prefecto de Carchi efectuó acciones de remediación ambiental solicitadas por el Sr. Fabián Arturo García Casanova. 3. Recomendar al Sr. Prefecto de Carchi que en casos análogos de solicitudes de información pública cumpla con la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública. 4. Exhortar al Sr. Fabián Arturo García Casanova a cumplir los compromisos asumidos en la audiencia realizada el 12/09/2014, de no haberlos cumplido. 5. Recordar al Sr. Fabián Arturo García Casanova la obligación de aportar permanentemente en el proceso de la investigación defensorial.
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