Sumario: | Se rechaza la petición de revisión interpuesta por el Abg. Miguel Proaño, Procurador Judicial de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), presentado el 2 de diciembre de 2015, a la Resolución Defensorial N° 145-DPE-CGDZ8-2015, emitida el 24 de noviembre de 2015, en la que Sra. Wendy Mora dio a conocer a la Defensoría del Pueblo el despido intempestivo producido durante su periodo de lactancia. Al resolver la petición de revisión se censuró a las autoridades de la CNT, por no haber observado la garantía de protección especial de la mujer en periodo de maternidad y lactancia como parte de las acciones afirmativas y del derecho a la igualdad en conexidad con el derecho al trabajo; y se exhortó a las autoridades de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones, en cumplimiento de las normas constitucionales, internacionales y legales que en circunstancias análogas proceda a generar medios alternativos o de contingencia que permitan continuar laborando a las mujeres durante el periodo de maternidad y lactancia.
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