Resolución N° 151-DPE-CGDZ8-2015-MP (Derecho a acceder a servicios públicos de calidad - Metrovía Guayaquil)

Se acepta la queja formulada por César Cárdenas Ramírez, Director Ejecutivo del Observatorio Ciudadano de Servicios Públicos, y Alfredo Carrasco Larrosa, Presidente de la Asamblea de Usuarios de Servicios Básicos de la Provincia del Guayas, por cuanto la Fundación Municipal de Transporte Masivo Urba...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Ecuador. Defensoría del Pueblo. Coordinación General Defensorial Zonal 8, Fernández Bravo, María José
Formato: Resolución
Lenguaje:esp
Publicado: Guayaquil: Defensoría del Pueblo 2016
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1097
Descripción
Sumario:Se acepta la queja formulada por César Cárdenas Ramírez, Director Ejecutivo del Observatorio Ciudadano de Servicios Públicos, y Alfredo Carrasco Larrosa, Presidente de la Asamblea de Usuarios de Servicios Básicos de la Provincia del Guayas, por cuanto la Fundación Municipal de Transporte Masivo Urbano de Guayaquil que administra la Metrovía, ha vulnerado el derecho de las personas usuarias a recibir servicios públicos de óptima calidad, con calidad, eficiencia y buen trato, a un trato equitativo y no abusivo, y a no condicionar la adquisición de un servicio a la compra de otro y a no ser obligados a hacer algo que la ley no obliga, así como los derechos y garantías de participación y ser consultados. Se exhorta a la Fundación, en coordinación con el Municipio de Guayaquil, a promover y ejecutar mecanismos de reparación por la vulneración de derechos señalada, y que en lo posterior haga efectivos los derechos de participación de las personas usuarias al momento de elaborar o reformar una norma jurídica o disposición que les afecte.