Resolución Defensorial N° 140-DPE-CGDZ8-2015-MP (Vulneración de los derechos a la igualdad material y no discriminación, de los derechos específicos como persona con discapacidad y a recibir servicios privados de calidad, con un trato preferente y especializado)
Se acepta la reclamación presentada por la Ab. María Cristina Kronfle Gómez en contra de AEROLANE LÍNEAS AÉREAS NACIONALES DEL ECUADOR S.A.- LAN, respecto al maltrato recibido originalmente en el Aeropuerto de la ciudad de Quito y luego en la Terminal Aérea de Guayaquil, en calidad de persona con di...
Autores principales: | , |
---|---|
Formato: | Resolución |
Lenguaje: | esp |
Publicado: |
Guayaquil: Defensoría del Pueblo de Ecuador
2015
|
Materias: | |
Acceso en línea: | http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1000 |
_version_ | 1809479806032543744 |
---|---|
author | Ecuador. Defensoría del Pueblo. Coordinación General Defensorial Zonal 8 Fernández Bravo, María José |
author_facet | Ecuador. Defensoría del Pueblo. Coordinación General Defensorial Zonal 8 Fernández Bravo, María José |
author_sort | Ecuador. Defensoría del Pueblo. Coordinación General Defensorial Zonal 8 |
collection | Repositorio |
description | Se acepta la reclamación presentada por la Ab. María Cristina Kronfle Gómez en contra de AEROLANE LÍNEAS AÉREAS NACIONALES DEL ECUADOR S.A.- LAN, respecto al maltrato recibido originalmente en el Aeropuerto de la ciudad de Quito y luego en la Terminal Aérea de Guayaquil, en calidad de persona con discapacidad física y, por tanto, pasajera con derecho a trato preferente. Se resuelve que la aerolínea vulneró los derechos constitucionales a la igualdad material y no discriminación junto a sus derechos específicos como persona con discapacidad y a recibir servicios privados de calidad, con un trato preferente y especializado, por su pertenencia a los grupos de atención prioritaria. Se exhorta a AEROLANE LÍNEAS AÉREAS NACIONALES DEL ECUADOR S.A.- LAN a la ejecución integral de los acuerdos arribados entre las partes, específicamente la reparación material del pago de honorarios profesionales de los abogados patrocinadores de la denunciante y de los capacitadores del taller de concientización dirigida al personal en contacto con el pasajero sobre las diferentes necesidades de las personas y pasajeros con discapacidades. De igual manera y en virtud de que luego del taller ejecutado como parte de los acuerdos hubo un nuevo inconveniente en relación con la silla de ruedas de la afectada, se exhorta a la Compañía Aérea LAN Ecuador a que implemente procesos de capacitación y sensibilización sobre los derechos de la personas con discapacidad y aplicación de los protocolos específicos a su condición o situación, a todo el personal que tiene contacto con los/as pasajeros/as y con la atención al público de manera general; en coordinación con la Secretaría Técnica de Discapacidades y/o la Defensoría del Pueblo y la participación de la Dirección de Aviación Civil y de las entidades administradoras de las terminales aeroportuarias. |
format | Resolución |
id | oai:localhost:39000-1000 |
institution | Defensoría del Pueblo Ecuador |
language | esp |
publishDate | 2015 |
publisher | Guayaquil: Defensoría del Pueblo de Ecuador |
record_format | dspace |
spelling | oai:localhost:39000-10002020-01-28T17:10:23Z Resolución Defensorial N° 140-DPE-CGDZ8-2015-MP (Vulneración de los derechos a la igualdad material y no discriminación, de los derechos específicos como persona con discapacidad y a recibir servicios privados de calidad, con un trato preferente y especializado) Ecuador. Defensoría del Pueblo. Coordinación General Defensorial Zonal 8 Fernández Bravo, María José PERSONAS CON DISCAPACIDAD TRANSPORTE PÚBLICO DERECHO A LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN ACCESO A BIENES Y SERVICIOS DE CALIDAD GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA TRANSPORTE DE PASAJEROS Se acepta la reclamación presentada por la Ab. María Cristina Kronfle Gómez en contra de AEROLANE LÍNEAS AÉREAS NACIONALES DEL ECUADOR S.A.- LAN, respecto al maltrato recibido originalmente en el Aeropuerto de la ciudad de Quito y luego en la Terminal Aérea de Guayaquil, en calidad de persona con discapacidad física y, por tanto, pasajera con derecho a trato preferente. Se resuelve que la aerolínea vulneró los derechos constitucionales a la igualdad material y no discriminación junto a sus derechos específicos como persona con discapacidad y a recibir servicios privados de calidad, con un trato preferente y especializado, por su pertenencia a los grupos de atención prioritaria. Se exhorta a AEROLANE LÍNEAS AÉREAS NACIONALES DEL ECUADOR S.A.- LAN a la ejecución integral de los acuerdos arribados entre las partes, específicamente la reparación material del pago de honorarios profesionales de los abogados patrocinadores de la denunciante y de los capacitadores del taller de concientización dirigida al personal en contacto con el pasajero sobre las diferentes necesidades de las personas y pasajeros con discapacidades. De igual manera y en virtud de que luego del taller ejecutado como parte de los acuerdos hubo un nuevo inconveniente en relación con la silla de ruedas de la afectada, se exhorta a la Compañía Aérea LAN Ecuador a que implemente procesos de capacitación y sensibilización sobre los derechos de la personas con discapacidad y aplicación de los protocolos específicos a su condición o situación, a todo el personal que tiene contacto con los/as pasajeros/as y con la atención al público de manera general; en coordinación con la Secretaría Técnica de Discapacidades y/o la Defensoría del Pueblo y la participación de la Dirección de Aviación Civil y de las entidades administradoras de las terminales aeroportuarias. 2015-10-01T16:14:03Z 2015-10-01T16:14:03Z 2015-09-10 Resolución Defensoría del Pueblo de Ecuador. (2015). Resolución Defensorial N° 140-DPE-CGDZ8-2015-MP (Vulneración de los derechos a la igualdad material y no discriminación, de los derechos específicos como persona con discapacidad y a recibir servicios privados de calidad, con un trato preferente y especializado) [versión Adobe Reader]. Guayaquil: DPE GYA-007-2015 http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1000 esp 22 p. application/pdf Guayaquil: Defensoría del Pueblo de Ecuador |
spellingShingle | PERSONAS CON DISCAPACIDAD TRANSPORTE PÚBLICO DERECHO A LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN ACCESO A BIENES Y SERVICIOS DE CALIDAD GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA TRANSPORTE DE PASAJEROS Ecuador. Defensoría del Pueblo. Coordinación General Defensorial Zonal 8 Fernández Bravo, María José Resolución Defensorial N° 140-DPE-CGDZ8-2015-MP (Vulneración de los derechos a la igualdad material y no discriminación, de los derechos específicos como persona con discapacidad y a recibir servicios privados de calidad, con un trato preferente y especializado) |
title | Resolución Defensorial N° 140-DPE-CGDZ8-2015-MP (Vulneración de los derechos a la igualdad material y no discriminación, de los derechos específicos como persona con discapacidad y a recibir servicios privados de calidad, con un trato preferente y especializado) |
title_full | Resolución Defensorial N° 140-DPE-CGDZ8-2015-MP (Vulneración de los derechos a la igualdad material y no discriminación, de los derechos específicos como persona con discapacidad y a recibir servicios privados de calidad, con un trato preferente y especializado) |
title_fullStr | Resolución Defensorial N° 140-DPE-CGDZ8-2015-MP (Vulneración de los derechos a la igualdad material y no discriminación, de los derechos específicos como persona con discapacidad y a recibir servicios privados de calidad, con un trato preferente y especializado) |
title_full_unstemmed | Resolución Defensorial N° 140-DPE-CGDZ8-2015-MP (Vulneración de los derechos a la igualdad material y no discriminación, de los derechos específicos como persona con discapacidad y a recibir servicios privados de calidad, con un trato preferente y especializado) |
title_short | Resolución Defensorial N° 140-DPE-CGDZ8-2015-MP (Vulneración de los derechos a la igualdad material y no discriminación, de los derechos específicos como persona con discapacidad y a recibir servicios privados de calidad, con un trato preferente y especializado) |
title_sort | resolución defensorial n° 140-dpe-cgdz8-2015-mp (vulneración de los derechos a la igualdad material y no discriminación, de los derechos específicos como persona con discapacidad y a recibir servicios privados de calidad, con un trato preferente y especializado) |
topic | PERSONAS CON DISCAPACIDAD TRANSPORTE PÚBLICO DERECHO A LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN ACCESO A BIENES Y SERVICIOS DE CALIDAD GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA TRANSPORTE DE PASAJEROS |
url | http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1000 |