La sociedad de hecho entre concubinos y la corte de oro: un dilema jurisprudencial

En este texto se muestra cómo el reconocimiento jurisprudencial de la sociedad de hecho surgida entre concubinos, solo fue posible una vez el liberalismo asumió el poder en los años 30, debido al cambio ideológico en la estructura estatal que ello supuso y al nombramiento como magistrados de jurista...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores principales: Duarte Martínez, Carlos Arturo, Figueroa Alfonzo, María Andrea
Otros Autores: https://scienti.minciencias.gov.co/cvlac/visualizador/generarCurriculoCv.do?cod_rh=0001371866
Formato: info:eu-repo/semantics/article
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Autónoma de Bucaramanga UNAB 2020
Materias:
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/20.500.12749/11603
http://biblioteca-repositorio.clacso.edu.ar/handle/CLACSO/18227
Descripción
Sumario:En este texto se muestra cómo el reconocimiento jurisprudencial de la sociedad de hecho surgida entre concubinos, solo fue posible una vez el liberalismo asumió el poder en los años 30, debido al cambio ideológico en la estructura estatal que ello supuso y al nombramiento como magistrados de juristas antiformalistas y desligados del ideario católico-conservador, bajo el cual algún reconocimiento de efecto jurídico beneficioso entre los concubinos era imposible. Se encontró la relación entre la ideología política liberal y el reconocimiento de un efecto jurídico beneficioso del concubinato por parte de la Corte de Oro, protector del ánimo societario, sin importar las connotaciones religiosas que la referida figura generaba; a partir de un análisis descriptivo de la figura jurídica del concubinato, que incluyó la recopilación histórica jurisprudencial, normativa y doctrinaria y corroboró la relación antes expuesta. Del debate que en su momento suscitó el reconocimiento de la figura del concubinato, se recogen propuestas para analizar el dilema jurídico que se presenta con las parejas homoparentales, sus derechos y la ideología políticoreligiosa de los Magistrados de la Corte Constitucional, las cuales se sintetizan en que aquel no se resuelva ciñéndose solamente a dogmas religiosos.